domingo, 25 de marzo de 2018


¡ASI DE FACIL ¡


ACCIDENTE
SINIESTRO

Hecho fortuito que ocurre por casualidad o azar

Hecho causal que ocurre por la interacción entre diferentes factores identificables

Ocurre de manera inesperada por lo que no se puede prevenir

Es predecible y prevenible
Sus causas son poco controlables

Sus causas son controlables
Enfoca la atención en las consecuencias o resultados de un hecho

Enfoca la atención en la identificación de los factores que intervienen para que ocurra un hecho de tránsito y aquellos que contribuyen a disminuir la gravedad de las consecuencias. 
Impide que nos hagamos responsables de esos resultados. 

Permite que tomemos consciencia y acciones para prevenirlos

Una palabra puede hacer la diferencia. Necesitamos dejar de llamarles “accidentes” y comenzar a hablar de “siniestros”. Al cambiar la manera en la que nos referimos a la seguridad vial, cambiaremos la manera de actuar frente a ellos.  
POS DATA: El derecho de no autoincriminación se encuentra ligado con el derecho a la defensa y el principio de inocencia, pues todo lo que quiera o no quiera declarar el imputado, puede ser tomado como una estrategia defensiva. Siendo así el derecho al silencio una manifestación de la presunción de inocencia, dado que el acusado no está obligado a colaborar en su propia condena, como ser humano debe responder siempre al instinto de auto conservación sin que en ningún caso, pueda ser sujeto de coacción o presiones físicas y psíquicas para renunciar a el derecho a no auto incriminarse.

¿Por qué será entonces que algunos operadores de justicia, lo quieren desconocer?

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