VAREMO
“Nunca medimos el impacto que significaba
contemporizar con el enriquecimiento anormal de funcionarios públicos, nunca
sospechamos cómo el afán de acumular poderes se iría apoderando de quienes
encontraban que con el dinero todo lo podían, la sociedad se fue oropelizando,
los principios morales se resquebrajaron y la guía espiritual se perdió; caímos
poco a poco en la mas aterradora de las violencias: LA VIOLENCIA MORAL”
Antonio José Antonio Galán Sarmiento, gaceta
47 asamblea nacional constituyente
¿sujeto a
los caprichos en medio del rodar de los jueces?
Así alzan
la voz los gremios del transporte, entonces más allá de las discusiones
bizantinas, veamos el hoy en lo que respecta al Daño moral y el daño a la vida
de relación que hemos padecido, han sido objeto de decantación por nuestra
corte suprema de justicia en su sala civil, penal y Constitucional (01054 de agosto 24 de 2009, Mp: William
Namen Vargas; 00099 de mayo 4 de 2009, del mismo magistrado; 00611 de agosto 26
del 2010, Mp: Luz Marina Díaz Rueda, 00282 de febrero 3 de 2009, de la misma
magistrada, T- 351 de 2011, Mp: Luis Ernesto Vargas Silva, exp.
11001310300619970932701, Mp Cesar Julio Valencia Copete y del Consejero ponente del Consejo de estado:
HERNAN ANDRADE RINCON (E) del veintiocho
(28) de enero de dos mil catorce (2014), Radicación número:
52001-23-31-000-2002-00579-01(31269), motivo más que suficiente para solicitar de
ustedes con base en los postulados de la Carta Política, acogiéndome al
concepto dinámico de la carga probatoria que se nutre de la solidaridad y que
se basa en la cooperación y buena fe de las partes; que se nos repare el daño
causado INMATERIAL.
Mírese las gráficas en la que nos soportamos
Grafico 2.
PERJUICIOS MORALES POR MUERTE
CONSEJO DE ESTADO
SALA
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN
TERCERA–SUBSECCIÓN B
Consejero
Ponente: Ramiro Pazos Guerrero
Bogotá,
D.C., trece (13) de noviembre de dos mil catorce (2014)
Expediente:
31182
Radicación:
050012331000199903218-01
Actor:
Carlos Andrés Rojas Londoño y otros
Demandado:
Instituto de Seguros Sociales y otro
Naturaleza:
Acción de reparación directa
Temas: Las
reglas probatorias aplicables
la Sala
fijará el monto de conformidad con los criterios establecidos por la sentencia
de unificación del 28 de agosto del 2014, en la cual se fijó la reparación del
daño moral en caso de muerte, así:
[S]e
han diseñado cinco niveles de cercanía afectiva entre la víctima directa y
aquellos que acuden a la justicia calidad de perjudicados o víctimas
indirectas, los cuales se distribuyen así: Nivel No. 1. Comprende la relación
afectiva, propia de las relaciones conyugales y paterno- filiales o, en
general, de los miembros de un mismo núcleo familiar (1er. Grado de
consanguinidad, cónyuges o compañeros permanentes o estables). A este nivel
corresponde el tope indemnizatorio de 100 SMLMV. Nivel No. 2. Donde se ubica la
relación afectiva propia del segundo grado de consanguinidad o civil (abuelos,
hermanos y nietos). A este nivel corresponde una indemnización equivalente al
50% del tope indemnizatorio. Nivel No. 3. Está comprendido por la relación
afectiva propia del tercer grado de consanguinidad o civil. A este nivel
corresponde una indemnización equivalente al 35% del tope indemnizatorio. Nivel
No. 4. Aquí se ubica la relación afectiva propia del cuarto grado de
consanguinidad o civil. A este nivel corresponde una indemnización equivalente
al 25% del tope indemnizatorio. Nivel No. 5. Comprende las relaciones afectivas
no familiares (terceros damnificados). A este nivel corresponde una
indemnización equivalente al 15% del tope indemnizatorio (…)Así las cosas, para
los niveles 1 y 2 se requerirá la prueba del estado civil o de la convivencia
de los compañeros. Para los niveles 3 y 4, además, se requerirá la prueba de la
relación afectiva, y finalmente, para el nivel 5 deberá ser probada la relación
afectiva.
POR LOS DERECHOS SOCIALES
EN SERIO, debe ser la consigna del gremio de los transportadores, en busca de UN
DIALOGO ENTRE DERECHOS Y POLÍTICAS PUBLICAS, ORIENTADAS EN PRO DE LOS TRES
GRANDES OBJETIVOS QUE TIENE POR NATURALEZA TODO SER HUMANO: LA FELICIDAD,
EL BIENESTAR Y LA EXCELENCIA, porque no puede hacer carrera lo dicho por
FERNANDO VALLEJO “Colombia tiene la perversión de creer que lo grave no es matar, sino
que se diga” .
JESUS ALBERTO BETANCUR
RESTREPO