¿Hacia una política de seguridad vial en Colombia?
Como quiera
que el Derecho no es una aplicación mecánica de consecuencias jurídicas
previstas en preceptos generales, marcada por el concepto del código; sino una
práctica argumentativa racional (crear derecho) en la que se armonizan el
mandato legal particular con el plexo de derechos, principios y valores
constitucionales relacionados con el caso, junto a los principios rectores que
ordenan la materia; se le debe apuntar en términos de interpretación, tomando
como base reglas de origen judicial, creadas a partir de las disposiciones
aprobadas por el legislador; porque de lo contario estaríamos a merced de la desigualdad e inseguridad jurídica
del operador administrativo o judicial según sea del caso.
Así las cosas,
vale preguntarse que se busca con la implementación de los denominados planes
estratégicos de seguridad vial a partir de las voces que se vienen escuchando
respecto de que la norma que los creo no trae consigo una sanción.
Sea lo primero
decirle a quienes así piensan que se equivocan, por cuanto el tema hay que
verlo, analizarlo e interpretarlo no solo desde la resolución 1565 de 2014,
sino desde el orden normativo y/o jurídico que hace rato tiene ocupados a
quienes trabajan en pro de la seguridad vial de todos los actores del tránsito
en su concepto moderno de movilidad.
En segundo
término es menester abordar las 5 estrategias que como política pública se han
trazado los gobiernos de los mandatarios presidenciales desde el año 2011 en
sus compromisos con la OMS a fin de evitar que las cifras por muertos y
lesionados, sigan en aumento. ¿Será esto una novedad?, no lo creo y miremos el
porqué de esta afirmación.
Del
fortalecimiento de las instituciones se conoce que las mismas se precian de sus
acciones y funciones en los temas de seguridad vial, al punto que su rendición
de cuentas en lo que hace con la ejecución del presupuesto muestra que se han
invertido cientos de miles de pesos en “pro de saber de seguridad vial” y otros
tantos en lo que impropiamente se ha señalado como campañas de seguridad vial,
orientadas a los actores de las actividades de transito y transporte.
En ese mismo
orden de ideas, es notoria la publicidad que se muestra a cerca de los avances
en infraestructura vial, de tecnología en los vehículos y sobre cómo avanzar en
el mejoramiento del comportamiento humano; pero poco o nada se ha dicho con
respecto a la atención integral de las víctimas de esta clase de accidentes,
aunque se quiera a manera de sofisma, decir que: Con la creación de la agencia
nacional para la seguridad vial, seremos capaces de lograr la ambiciosa meta de
reducir los mal llamados accidentes de tránsito en Colombia.
Esa será la gran apuesta para cumplirle al mundo, aunque en el 2013 el Instituto
Nacional de Medicina Legal fue informado de 48.042 casos atendidos por
accidentes de transporte; el 12,94% de ellos pertenece a lesiones fatales para
un total de 6.219 personas fallecidas, el restante 87,06% corresponde a
lesiones no fatales para un total de 41.823 personas lesionadas.
El análisis de resultados evidencia el aumento
de víctimas mortales en 1,09% con respecto a las cifras consolidadas de 2012 y
un aumento de 13,42% en la última década; cabe mencionar que el número de
víctimas mortales por accidentes de transporte para el 2013 es el más alto de
los últimos 10 años. En cuanto a víctimas no fatales el incremento con respecto
al año 2012 es de 6,04% y en la última década también se presenta un aumento
que asciende a 16,45%. En síntesis, vamos perdiendo la apuesta;
porque como bien lo cito la representante del Ministerio de transporte, Jazmín
Gaitán Martínez, (el pasado 04 de septiembre de 2014, durante su intervención
en el foro “hacia una política de seguridad vial en Antioquia”) estábamos
equivocados, ya que los consultores foráneos contratados no supieron leer la
dinámica del tema en nuestro país y por lo tanto con la promulgación de la
resolución 2273 de agosto 6 de 2014, se busca recomponer el tema a partir de la
Coordinación y
Articulación DEL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, con la agencia del ramo, por cuanto obliga a las
entidades del sector transporte a
desarrollar actividades que tengan
efectos en la seguridad vial a partir de una coordinación con dicha agencia, creada
por ley 1702 de 2013; entidad que
liderará , vigilará y controlará los Planes Locales de Seguridad Vial que
formulen los distritos, áreas metropolitanas, departamentos y los municipios;
planes que se armonizarán con base en los fundamentos y políticas
definidos en el Plan Nacional de Seguridad Vial adoptado por la ya mencionada
resolución 2273 de agosto de 2014, en donde el ciudadano comienza a ser visto
como sujeto de la Ley y no objeto de ella como hasta ahora lo había sido.
Mírese como las resoluciones 1282/12
y 2273/14, colocadas en un plano de
igualdad real, confunden la igualdad con la semejanza o similitud y como bien
lo dijo en alguna oportunidad, el abogado IVAN DARIO RESTREPO ROJAS, gerente de SANTRA: en
Medellín hay que "jalarle" a un modelo "criollo" de transporte, lo que está en consonancia
con lo manifestado por Jazmín Gaitán Martínez, funcionaria del Mintransporte, cuando tuvo el
valor civil de hacer ver que se equivocaron con los expertos venidos de otras
latitudes.
El
SENA, a diferencia de muchos otros que solo son unos verdaderos NEGOCIANTES DE
LA EDUCACIÓN, viene desde hace rato formando conductores no solo en cultura
vial, sino también en competencia laborales, por lo que se espera que al inicio
de actividades de la agencia nacional para la seguridad vial, en enero del
2015, se nutra de sus hechuras; porque allí hay, a más de experiencia, un gran
acumulado histórico en esta materia. Acumulado que supera con creces las voces
de quienes de la noche a la mañana, por el mero hecho de haber ostentado un
alto cargo gubernamental, se les encumbra como consultores en Seguridad Vial,
cuando la realidad es que están cargados de títulos, pero carentes de realidad,
toda vez que no solo basta con preguntarse por ejemplo ¿Por qué es importante apostarle
a una cultura legal en las vías? o ¿Cuál es la situación actual
en el país en materia de seguridad vial?, sino saber contestarse el ¿para qué?
Se pregunta, lo preguntado..
El Fondo Mundial para la
Seguridad Vial, contrato expertos que en su momento (año 2013) presentaron el Análisis de la Capacidad de Gestión de la Seguridad
Vial, así mismo la controlaría general de la República en informe de auditoria
especial sobre la política pública de seguridad vial en Colombia año 2010 –
2013, se pronunció sobre 61 hallazgos y dejo muy claro el plan de mejoras que
había que poner en marcha por el ministerio de transporte, fondo de prevención
vial y administraciones municipales, metropolitanas y departamentales; algunos
de esos hallazgos de haberse corregido a tiempo hubieran evitado muchos de los
mal llamados accidentes de tránsito, que se dieron en el primer semestre de
este año 2014. ¿Dónde estaban el Ministerio de transporte y las
autoridades territoriales del ramo (administrativas, operativas y de control) cuando en fundación magdalena, se dio la
tragedia donde fallecieron más de 30 niños?
! Para que mas sanción que la moral y social ¡
! Para que mas sanción que la moral y social ¡
En definitiva hay que
seguir perseverando en términos de UTOPÍA, para poder algún día enarbolar
la bandera de los Derechos Humanos aplicados a la INSEGURIDAD VIAL, en la que nos tiene sumidos los gobernantes de turno.
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